Vida, Protección y Ahorro

Preguntas Frecuentes

Conoce las preguntas más frecuentes que nuestros clientes presentan.
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¿Hay diferentes tipos de Seguro de Vida?
Si. A grosso modo se dividen en tres grupos: Seguro en caso de fallecimiento (En él, pueden ser una o varias personas las beneficiadas, quienes reciban la suma asegurada al ocurrir la muerte del asegurado, ya sea por causa natural o accidental), Seguro en caso de Supervivencia (Mejor conocido como Dotal Puro, el beneficiario puede ser el propio asegurado, si llega vivo al final de la vigencia de la póliza) y Seguro Mixto (Es la combinación de los dos casos anteriores y se integra de un seguro de vida y otro de supervivencia)
¿Cómo funciona el seguro de vida?
Todas las pólizas de seguro de vida funcionan de la misma manera básica. Usted efectúa pagos denominados “primas” a la compañía aseguradora, la cual acuerda pagar a sus beneficiarios una cantidad acordada si usted fallece o se incapacita de manera permanente.
En caso de contratar un plan para su retiro, la compañía al final del plazo le paga la cantidad acordada por supervivencia.
¿Cuál es el rango de edad para contratación?
Los límites de admisión fijados por GNP para este Contrato son:
18 años de edad como mínimo y 70 años de edad como máximo.
Para menores es de 0 a 17 años
¿Cuáles son los plazos de seguro más comunes?
10, 15, 20 años y edad alcanzada 65 años
¿Cuáles son los métodos de pago?
Existen los siguientes métodos de pago:
  1. Por medio de cheque a nombre de GRUPO NACIONAL PROVINCIAL S.A.B
  2. En ventanilla de Instituciones Bancarias con su recibo correspondiente.
  3. Pago en ventanilla GNP con recibo correspondiente.
  4. Por medio de transferencia bancaria electrónica, para la cuál debe solicitarnos una referencia que tiene vigencia de 72 hrs.
  5. Cargo único a Tarjeta de Crédito.
  6. Domiciliación a Tarjeta de Débito.
¿Cuánto tiempo después del vencimiento tengo para pagar mi prima sin repercusión a mi plan?
Se tiene hasta 30 días de gracia por cada recibo a partir de la fecha de inicio de vigencia del mismo.
¿Es obligatorio someterse al chequeo médico que solicita la aseguradora para contratar?
Si, de acuerdo a la tabla de suscripción médica en vigor de la compañía.
Dependiendo de la suma asegurada y la edad del contratante
¿Puedo cambiar los beneficiarios en cualquier momento?
Si, se puede hacer cambio de beneficiarios en cualquier momento mediante el formato correspondiente.
¿Qué sucede si mi beneficiario muere antes o al mismo tiempo que yo?
Si solo se designó un beneficiario y éste muere antes o al mismo tiempo que el asegurado y no se hubiera designado otro beneficiario, el importe del seguro se pagará a los herederos que tengan derecho por sucesión testamentaria, y a falta de éste, a los herederos que les corresponda por sucesión legítima, salvo pacto en contrario o que hubiere renunciado al derecho de revocar la designación.
¿Puedo contratar más de una póliza de vida?
Si se puede contratar más de una póliza de vida. Dependiendo del importe tu suma asegurada global, la compañía te solicitará diferentes requisitos médicos y financieros para comprobar tu buen estado de salud y tu capacidad económica.
La cobertura adicional de Indemnización por invalidez esta topada a $ 1,200,000.00 DLLS
¿Se cancelará mi póliza alguna vez por motivos de salud?
Siempre que pague las primas a tiempo, nunca se cancelará su póliza debido a un cambio en su salud, y nunca se le pedirá proporcionar un comprobante de buena salud con el fin de renovar su póliza cada año.
¿Debo obtener cobertura para mi cónyuge?
La cobertura para su cónyuge y sus hijos puede ser muy aconsejable. Las dificultades económicas de una familia se ven gravemente afectadas a la pérdida de uno de sus miembros
¿Qué se considera invalidez total y permanente?
Se considerará Invalidez Total y Permanente si durante la vigencia de la Póliza las facultades y aptitudes con que contaba el Asegurado a la fecha de contratación de esta Póliza se ven afectadas por lesiones corporales a causa de un accidente o enfermedad, en forma tal que lo imposibilite permanentemente para desempeñar una ocupación o trabajo remunerativo compatible con sus conocimientos, aptitudes y posición social; siempre que dicha imposibilidad haya sido continua durante un periodo no menor a 3 meses.
También se considerará Invalidez Total y Permanente a la pérdida irreparable y absoluta de la vista en ambos ojos, la pérdida de las dos manos o de los dos pies, o de una mano y un pie, o una mano junto con la vista de un ojo o un pie con la vista de un ojo. En estos casos no operará el período a que se refiere el párrafo anterior.
Para los efectos de este contrato se entiende por pérdida de las manos, su separación o anquilosamiento de la articulación carpo-metacarpiana o arriba de ella, y por pérdida del pie, su separación o anquilosamiento de la articulación tibiotarsiana o arriba de ella.
A fin de determinar el estado de invalidez total y permanente, el Asegurado deberá presentar, además de los requisitos solicitados por GNP, el dictamen de invalidez total y permanente dictado por una institución o médico con cédula profesional, certificados y especialistas en la materia, así como todos los exámenes, análisis y documentos que sirvieron de base para determinar su invalidez.
¿Cuáles son las opciones de liquidación?
GNP liquidará cualquier monto pagadero bajo los términos establecidos al momento de la contratación y especificados en la carátula de la Póliza, según lo estipulado en alguna de las siguientes opciones de liquidación:
Pago Único.- GNP liquidará cualquier monto pagadero en una sola exhibición al Asegurado o Beneficiarios designados en el Contrato de Seguro, según sea el caso.
Fideicomiso.- El Asegurado podrá contratar un fideicomiso para que cualquier monto pagadero le sea liquidado como lo especifican los Contratos de Fideicomiso de GNP.
Otra.- Cualquier monto pagadero bajo esta Póliza puede ser cubierto también mediante cualquier otro método de liquidación pactado entre las partes.
Cualquier opción de liquidación que elija el Asegurado al momento de la contratación de la Póliza para recibir los beneficios, podrá cambiarla siempre y cuando lo notifique por escrito a GNP antes de que se liquide cualquier monto pagadero.

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